La regulación legal vigente distingue entre materias de mediación obligatoria, materias de mediación prohibida y materias de mediación facultativa (voluntarias), a la luz del artículo 114 de la ley 19.968 que crea los Tribunales de Familia:
Atención integral a víctimas de delitos violentos.
Materias de familia:
Divorcios y Pensión de alimentos.
Materias civiles:
Arriendo, Cambio de nombre, Herencias, Etc.
Materias laborales:
Despidos injustificados, Tutela laboral y Desafueros, Entre otros.
Sistema penal antiguo:
Prescripción de penas y Eliminación de antecedentes.